En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
El precepto legal contenido en el citado art. 417 de la Ley Adjetiva Penal, concluye señalando que el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso.
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 8 de agosto de 2019, interponiendo su recurso de casación el 15 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar la concurrencia de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 15 de agosto de 2019, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 8 de agosto de 2019 (fs
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- La recurrente denuncia que la Sentencia contiene los defectos previstos en el art
- Por otro lado, al copiar la invocación de los precedentes contradictorios del memorial de apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
