Manifestó que el compulsante formuló explicación sobre el Auto de Vista mereciendo la determinación contenida
Manifestó que el compulsante formuló explicación sobre el Auto de Vista mereciendo la determinación contenida en el Auto de 14 de noviembre de 2019, sin embargo, si bien el Tribunal de alzada a la fecha no conoce sobre la existencia o no de algún Auto Supremo o sentencia constitucional que haya sentado línea jurisprudencial referida a la resolución de admisibilidad, no por ello los juzgadores no están obligados a realizar interpretaciones judiciales, consensuando que debería aplicarse lo previsto en el art. 443 num. 1) de la Ley Nº 603
- Partes: Esteban Monzón Miranda c/ Vocales de la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del
- Expediente: CH-69-19-Com
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de compulsa a fs
- Contra la referida determinación Esteban Monzón Miranda, presentó el recurso de compulsa objeto de análisis
- CONSIDERANDO II
- Manifestó que el compulsante formuló explicación sobre el Auto de Vista mereciendo la determinación contenida
- Adujo que en el Código de las Familias y del Proceso Familiar no existe disposición
- CONSIDERANDO III
- Sobre el particular como se expuso en el punto precedente el principio de impugnación presupone
- Partiendo de lo precedentemente expuesto debe tenerse en cuenta que la fase de ejecución de
- CONSIDERANDO IV
- En este caso, se debe tener en cuenta que la causa que motivó el presente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese y devuélvase.
