Auto Supremo AS/0040/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0040/2019

Fecha: 20-Feb-2019


4º.- No obstante el plazo indicado precedentemente, la Ley en su sabiduría previó para los casos en que no pudiese presentarse el recurso dentro del año, la posibilidad de presentación en plazo mayor señalando en el art. 286.II del Código Procesal Civil: “(…) Sin embargo, si durante un año no se hubiere fallado aún en el proceso dirigido a la comprobación de las causales señaladas en el art. 284 del presente Código, bastará que dentro de este plazo se hiciere protesta formal de usar el recurso, el cual deberá ser formalizado en el plazo fatal de treinta días, computables desde la ejecutoria de la sentencia pronunciada en dicho proceso”. Es decir que, en autos, la recurrente al haber iniciado demanda de fraude procesal, debió hacer uso del anuncio de protesta formal aspecto que fue observado y reclamado por este Tribunal en los proveídos de fojas 33 y 62