Que, con la presentación del memorial mencionado en el párrafo precedente y los antecedentes descritos
Que, Isidora Zenobia Tarifa Flores presentó el memorial de fojas 77 y vta., en el que adjunta certificación emitida por la cursora del Juzgado Público Civil y Comercial de Familia e Instrucción Penal, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Nº 2 de Huanuni dando cuenta que la impetrante fue notificada con el Auto Supremo Nº 199/2018 que declaró infundado el recurso de casación intentado por el Juan Rueda Flores en el proceso de fraude procesal el 10 de abril de 2018.
Que, con la presentación del memorial mencionado en el párrafo precedente y los antecedentes descritos supra, corresponde ingresar al análisis de admisibilidad del recurso
- AUTO SUPREMO: 40/2019
- FECHA: Sucre, 20 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 35/2018
- PROCESO : Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia (Materia Civil)
- PARTES: Isidora Zenobia Tarifa Flores
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Marco Ernesto Jaimes Molina
- VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencia ejecutoriada en materia civil,
- CONSIDERANDO I: Que Isidora Zenobia Tarifa Flores, mediante memorial de fojas 29 a 31,
- A este efecto, refirió que Juan Rueda Flores de manera dolosa e induciendo al juzgador
- Señaló que por el motivo antes indicado y ante la falsedad de las declaraciones del
- Con los antecedentes antes anotados, indicó que presentaba el recurso de revisión extraordinaria de sentencia
- Concluye solicitando a este Tribunal para que declare fundado el recurso y se dicte nueva
- CONSIDERANDO II: Con carácter previo a decidir sobre la admisión del Recurso intentado, mediante
- Que, la impetrante, mediante memorial de fojas 59 y vta
- Que, con la presentación del memorial mencionado en el párrafo precedente y los antecedentes descritos
- Al efecto antes indicado se evidencian los siguientes extremos
- 2º
- 3º
- 4º
- 5º
- A mayor abundamiento, es necesario aclarar que si bien es cierto que la sentencia pronunciada
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene el Magistrado Olvis Egüez Oliva por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese, archívese
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