II.3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, la parte recurrente cumplió con el requisito del plazo (art. 273 Código Procesal Civil) para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que ha sido notificada el 5 de noviembre de 2018 con el Auto de Vista S-533/2018 y Auto Complementario pronunciado el 29 de octubre, presentó el recurso de casación de fs. 798 a 803 vta., el 16 de noviembre de 2018); es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Análisis de impugnabilidad
- En autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- La recurrente presentó su recurso de fondo, del cual se sintetizan los siguientes reclamos
- Concluyó, solicitando que, en resguardo del debido proceso y la imagen del Órgano Judicial, anular
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
