Auto Supremo AS/0060/2019-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0060/2019-RI

Fecha: 04-Feb-2019

En relación a la supuesta propiedad del inmueble objeto de la litis, señala que actualmente

Alega que respecto a la personería de los representantes de la entidad demandante debe considerarse los arts. 41 y 43 del Código Procesal Civil
En relación a la supuesta propiedad del inmueble objeto de la litis, señala que actualmente su registro se encuentra independiente del Municipio, y que su derecho propietario deviene de la inscripción de Derechos Reales con la Matrícula Nº 7.01.1.01.0003829, asiento A-2, del 20 de junio del 2009, mismo que fue adquirido por documento privado, con reconocimiento de firmas de 03 de diciembre de 2008, realizado por la Notaría de Fe Pública Nº 98, Silda Amalia Méndez Obando, por lo que se debe aplicar el antecedente jurisprudencial A.S. Nº 414/14, que señala que el propietario de un bien inmueble para reivindicar, no requiere otra condición más que acreditar su derecho de propiedad debidamente registrado en Derechos Reales