Aplicando las características del Estado Constitucional de Derecho, al caso concreto, se debe dejar claramente
Aplicando las características del Estado Constitucional de Derecho, al caso concreto, se debe dejar claramente establecido que, los derechos, principios y valores, reconocidos en la CPE, al ser la norma suprema del ordenamiento jurídico, son vinculantes para todos los habitantes de Bolivia, incluido por supuesto el SENASIR; siendo su aplicación inmediata o directa y no pudiendo ser restringidos o modificados estos derechos, por normas de menor jerarquía; por lo que, el fundamento utilizado por el ente gestor, cuando señala que no se pueden aplicar criterios garantistas de derechos en franco quebrantamiento de la Ley particular, son contrarios al criterio de interpretación de todo el ordenamiento jurídico del Estado Constitucional de Derecho y se encuentra acorde con el criterio pasado, de interpretación del Estado de Derecho, que resguardaba el principio de legalidad; esta afirmación del ente gestor, lo relaciona con el principio de especialidad de las normas que rigen el sistema de seguridad social y con el principio de defensa del patrimonio del Estado, que no condicen con el Estado que prima en Bolivia
- El recurso de reclamación presentado por el asegurado contra la Resolución Nº 9743, que otorgó
- En apelación interpuesta por el asegurado, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social –
- Contra el Auto de Vista, el ente gestor formula recurso de casación en el fondo,
- Manifiesta que, de acuerdo a la previsión del Parágrafo II del art
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia previa deliberación en el fondo, Case el Auto
- En el transcurso del tiempo, la Seguridad Social en Bolivia tuvo una serie de transformaciones
- El Principio de Verdad Material se encuentra reconocido en el art
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- El argumento del SENASIR para no certificar los aportes del periodo enero/1990 a abril/1997, hace
- En atención a los agravios señalados en el recurso de apelación, el Tribunal ad quem,
- Los argumentos del recurso de casación en el fondo, versan sobre la violación a normativa
- Al respecto, corresponde hacer referencia que, en Bolivia desde el 7 de febrero de 2009,
- Aplicando las características del Estado Constitucional de Derecho, al caso concreto, se debe dejar claramente
- A manera de aclaración, el número de aportes realizados y reconocidos al Sistema de Reparto,
- Bajo este razonamiento, en busca siempre de la verdad, con la finalidad de efectivizar la
- En este sentido, los documentos que en originales cursan de fs
- El SENASIR pretende y así lo expresa en su recurso, cuando señala como normas violadas,
- Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
