Auto Supremo AS/0067/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2019

Fecha: 18-Feb-2019

Al respecto, el recurrente induce en error al afirmar que hubo un pago de indemnización

Al respecto, el recurrente induce en error al afirmar que hubo un pago de indemnización por desahucio, cuando de la revisión de la sentencia, nunca se reconoció el pago de este concepto, el Auto de Vista como la Sentencia, aceptan que hubo un retiro voluntario del trabajador. Nótese que el DS. Nº 110 de 1º de mayo de 2009, tiene por objeto garantizar el pago de indemnización por tiempo de servicios de las trabajadoras y trabajadores, luego de haber cumplido más de noventa días de trabajo continuo, producido el retiro intempestivo de que fueran objeto o presentada su renuncia voluntaria, toda vez que el pago de la indemnización por tiempo de servicios constituye un derecho adquirido. Además que es la compensación al desgaste físico y psíquico que genera la actividad laboral y se paga en el equivalente a un sueldo por cada año de trabajo continuo, o en forma proporcional a los meses trabajados cuando no se ha alcanzado el año