En tal sentido, se concluye que el Tribunal de alzada y el Juez de instancia
En tal sentido, se concluye que el Tribunal de alzada y el Juez de instancia vulneraron la irrenunciabilidad de los derechos laborales, establecidos en el parágrafo III del art. 48 de la CPE, así como los demás principios que inspiran a la interpretación y aplicación de la normativa laboral y derechos reconocidos, conforme a los parágrafos I.II.IV del articulado en mención, al restringir la competencia de la judicatura laboral, dadas las particularidades del caso concreto; pues a consideración de este Tribunal, era necesario que la controversia traída al proceso, sea debatida, sustanciada y probada en el proceso, en donde se le permita a la actora probar su pretensión y al demandado pueda defenderse de la acusación, siempre en busca de la verdad material de los hechos
- Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Oruro
- I: ANTECEDENTES PROCESALES
- Iniciado el proceso laboral por reincorporación y pago de sueldos devengados seguido por Mirian Jannet
- Interpuesto el recurso de apelación cursante a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, la demandante Mirian Jannet Villalobos Sandy, interpone recurso
- II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Interpuesto el recurso de casación, la recurrente establece que el Auto de Vista impugnado, contiene
- Cita en relación a sus fundamentos el A
- La parte demandada no contestó el recurso de casación interpuesto
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
- Del principio de verdad material
- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- Conforme al principio laboral constitucional, el art
- La inversión de la prueba en materia laboral goza -por así decirlo- de una presunción
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- En primer término, es necesario establecer a los fines de resolución del recurso de casación
- En coherencia con lo referido precedentemente, el art
- En el caso en concreto, se evidencia que la demandante Mirian Jannet Villalobos Sandy, a
- En tal sentido, se concluye que el Tribunal de alzada y el Juez de instancia
- En mérito a ello, este Tribunal considera que las apreciaciones y conclusiones a las cuales
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera, en ejercicio de
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
