c)Aduce la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba en la
c)Aduce la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba en la que incurrió el Auto de Vista vulnerando el art. 145 y 186 del Código Procesal Civil y los arts. 1330 y 1334 del Código Civil, normas referidas al valor probatorio que se le asigna a los medios probatorios, incurriendo en un defecto jurídico al haber apreciado las pruebas con valor y eficacia menor al que la ley les reconoce, transgrediendo los preceptos regulatorios de la prueba que dieron curso a una ilegal revocatoria de la sentencia
- Partes: Patricia Clemencia Castro Calderón c/ Carmen Claudette Weil Fernández Córdova
- CONSIDERANDO I
- Asimismo, ante la solicitud de complementación y enmienda cursante a fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 728/2018 de 26 de octubre, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), y su Auto complementario conforme se tiene
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a) Que el Tribunal de Alzada al revocar la sentencia y declarar improbada la demanda
- b)Acusa que el Tribunal de Alzada subestimó la prueba aportada por la recurrente durante la
- c)Aduce la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba en la
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
