Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), y su Auto complementario conforme se tiene
2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), y su Auto complementario conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 494 vta., se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada en fecha 06 de noviembre de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 20 de noviembre de 2018, tal cual se observa de la recepción realizada por la secretaria de sala cursante a fs. 499, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), y su Auto complementario conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 494 vta., se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada en fecha 06 de noviembre de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 20 de noviembre de 2018, tal cual se observa de la recepción realizada por la secretaria de sala cursante a fs. 499, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
- Partes: Patricia Clemencia Castro Calderón c/ Carmen Claudette Weil Fernández Córdova
- CONSIDERANDO I
- Asimismo, ante la solicitud de complementación y enmienda cursante a fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 728/2018 de 26 de octubre, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), y su Auto complementario conforme se tiene
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a) Que el Tribunal de Alzada al revocar la sentencia y declarar improbada la demanda
- b)Acusa que el Tribunal de Alzada subestimó la prueba aportada por la recurrente durante la
- c)Aduce la existencia de error de derecho en la apreciación de la prueba en la
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
