Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Patricia Claudia
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Patricia Claudia Villarroel Gonzáles, y tramitado el proceso, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 21 de noviembre de 2013, de fs. 177 a 180, declarando probada en parte la demanda interpuesta de fs. 1 a 2; e improbada la excepción perentoria de pago opuesta, sin costas; disponiendo que la empresa demandada, cancele a favor de la actora la suma de Bs. 11.039,06.- (once mil treinta y nueve 06/100 bolivianos), por concepto de beneficios y derechos laborales detallados en ese fallo, más la actualización y multa del 30% prevista por la Resolución Ministerial Nº 447 de 8 de julio de 2009
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Patricia Claudia
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la empresa de viajes y turismo ZALTUR S
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa demandada, formuló recurso de casación, de
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se case el Auto de Vista recurrido, y deliberando
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, se pasa a resolver
- En consecuencia las primeras cuatro vacaciones corresponden a periodos de quince días, las cinco siguientes
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- Y de la revisión de los antecedentes, no se evidencia prueba alguna que acredite algún
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
