Por lo expuesto, se deduce que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia
Por lo expuesto, se deduce que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-435/2018 de fecha 8 de agosto que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución de alzada (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la empresa recurrente al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a) Errónea valoración de la prueba, arguyendo en ese sentido que la parte actora, no
- c) Respecto a la inspección judicial, aduce que según el acta que cursa de fs
- d) Que al haber sido el Estado Boliviano a través de la Empresa Nacional de
- e) Violación, interpretación errónea y aplicación indebida de los arts
- Bajo estos presupuestos, entre otros, se encuentran inmersos en el recurso de casación, la empresa
- Por lo expuesto, se deduce que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
