Auto Supremo AS/0182/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2019

Fecha: 27-Feb-2019

Debemos partir de la idea base que la finalidad de la administración de justicia es

Debemos partir de la idea base que la finalidad de la administración de justicia es la solución al conflicto jurídico, es bajo dicho apotegma que nuestro ordenamiento jurídico genera una orientación en derecho contenida en el art. 17.III de la LOJ, en sentido que: “ La autoridad jurisdiccional no podrá alegar falta, oscuridad, insuficiencia de la ley o desconocimiento de los derechos humanos y garantías constitucionales para justificar su vulneración.”, es decir que bajo esa función ineludible de administrar justicia no puede el Juez como intérprete de la Ley dejar de resolver el proceso en el fondo, debiendo en caso de obscuridad legal acudir a otros instrumentos o principios, es bajo ese enfoque que se asume la función compleja de la acción reivindicatoria que se hace presente ante el escenario que el sujeto pasivo no adopte una conducta pasiva de simple poseedor, sino que demuestre la existencia de un título oponible sobre el mismo predio, ante tal caso para resolver la problemática, no se dictara una sentencia de mera condena, sino que se hará un estudio de los antecedentes registrales para definir, la titularidad en otros términos el examen del proceso pasara por el análisis y confrontación bajo la figura del mejor derecho propietario, criterio que ha sido asumido por este Tribunal con la finalidad de otorgar una real y efectiva solución al problema jurídico y así evitar la multiplicidad de procesos