Consecuentemente, en aplicación del art
Consecuentemente, en aplicación del art. 507.IV del CPC, se ordena su cumplimiento al Juez Público de la Niñez y Adolescencia de turno de la ciudad de Cochabamba, para que en ejecución de sentencia disponga la inscripción del fallo homologado en el SERECI, sean previas las formalidades necesarias
- AUTO SUPREMO: 57/2019
- FECHA: Sucre, 27 de marzo de 2019
- EXPEDIENTE: 23/2018
- PROCESO : Homologación de Sentencia
- INTERPUESTO: Marcia Cuellar Suárez
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Olvis Egüez Oliva
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Ejecución de Sentencia dictada en el Extranjero, interpuesta
- CONSIDERANDO I: Que, mediante memorial presentado el 19 de junio de 2018 de fs
- Que, admitida la solicitud mediante proveído de 7 de septiembre de 2018 (fs
- De otra parte, por el Certificado expedido por el Departamento de Salud del Estado de
- CONSIDERANDO III: Que, el legislador ordinario, en el art
- Asimismo, el art
- En ese sentido, revisada la documentación adjunta a la solicitud de reconocimiento y ejecución de
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Consecuentemente, en aplicación del art
- A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de
- No intervienen la señora Decana María Cristina Díaz Sosa, los señores Magistrados Juan Carlos Berrios
- Regístrese, notifíquese, archívese
- 1
