Auto Supremo AS/0135/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2019-RA

Fecha: 12-Mar-2019

El segundo motivo recursivo está vinculado al defecto del num


El segundo motivo recursivo está vinculado al defecto del num. 4 del art. 370 del CPP, toda vez que el recurrente sostiene que en Sentencia se valoró un extremo jamás probado, pero el Tribunal de alzada, alejado del principio de legalidad y a verdad material, no refiere nada al respecto, cuando era su obligación advertir que la Sentencia se refirió a un elemento que nunca fue incorporado legalmente a juicio, existiendo la falta de motivación y fundamentación, a cuyo fin invoca como precedentes los Autos Supremos 067/2013-RRC de 11 de marzo, 230/2014-RRC de 9 de junio, 206/2014-RRC de 2 de mayo y 372/2014-RRC de 8 de agosto, pero más allá de citarlos meramente, no hace alusión a la existencia de contradicción del Auto de Vista respecto a cada precedente, incurriendo en el mismo error recursivo establecido en el primer motivo, incumpliendo lo previsto por el art. 417 del CPP