Auto Supremo AS/0169/2019-COMP
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0169/2019-COMP

Fecha: 19-Mar-2019

Consiguientemente, en aplicación de la normativa citada precedentemente, se establece que sólo se encuentra permitido

Consiguientemente, en aplicación de la normativa citada precedentemente, se establece que sólo se encuentra permitido interponer el recurso de casación contra las resoluciones que resuelvan el proceso contencioso puro y no así como erróneamente pretendió el compulsante; respecto de la resolución (Sentencia) que fue emitida por Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de La Paz, dentro de un proceso contencioso administrativo, pues se trata de una resolución que no admite recurso de casación posterior, conforme fluye de la especifica del art. 5.II de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014 que fue transcrito línea arriba, advirtiéndose que ciertamente el Tribunal compulsado, debió fundamentar su determinación, explicando al solicitante los alcances de la norma que citó en su providencia; empero esta falta de motivación, no justifica de manera alguna que se conceda un recurso que para el proceso objeto de análisis, no existe el mismo