Auto Supremo AS/0181/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0181/2019-RA

Fecha: 29-Mar-2019

Refiere que en el punto 4 del Auto de Vista impugnado se resuelve el segundo


Refiere que en el punto 4 del Auto de Vista impugnado se resuelve el segundo motivo de su apelación restringida referido a la inobservancia del art. 370 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), debido a que la madre de la víctima habría confesado en juicio oral que su hija fue abusada por otra persona el 2 de agosto de 2013; al respecto, menciona que en su memorial de apelación restringida hubiera hecho mención a que si bien la adolescente confesó ante el Tribunal de Sentencia en reserva; sin embargo, en el acta se lee que fue violada por otra persona en la fiesta del pueblo el 2 de agosto de 2013; siendo esa declaración relevante, en la que se admitiría la violación por un músico de la banda en la fiesta del pueblo. Respecto de ese tema afirma que denunció la violación de su derecho al debido proceso porque pese de haber dado a conocer al Tribunal de alzada que en el registro del juicio oral existiría argumento que le favorecía, no se pronunció al respecto; a cuyo efecto invoca los Autos Supremos 101 de 1 de abril de 2005 y 515/2006 de 16 de noviembre. Posteriormente refiere que cuando se señaló que no se individualizó, afirma que desde su primera declaración señaló que otra persona fue quien la violó; asimismo, en el juicio oral se reconoció dicha afirmación