Concluyó solicitando se case en parte el Auto de Vista recurrido, modificando la parte que
Reclamó la errónea interpretación de la ley, porque el Tribunal de Alzada estaría premiando al demandado usurpador, ya que dichos actos ilegales y usurpativos, gozarían de consecuencias beneficiosas para su autor, en desconocimiento de los valores y principios morales que promueve el Estado y que se encuentran establecidos en el art. 8 de la CPE.
Concluyó solicitando se case en parte el Auto de Vista recurrido, modificando la parte que dispone el pago de las construcciones y mejoras y consecuentemente no haber lugar al pago de las mismas por haberlas realizado sin conocimiento de los propietarios y después de un ingreso arbitrario a su propiedad
Concluyó solicitando se case en parte el Auto de Vista recurrido, modificando la parte que dispone el pago de las construcciones y mejoras y consecuentemente no haber lugar al pago de las mismas por haberlas realizado sin conocimiento de los propietarios y después de un ingreso arbitrario a su propiedad
- Expediente: SC-111-18-S
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Concluyó solicitando se case en parte el Auto de Vista recurrido, modificando la parte que
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- El art
- Por lo indicado, enfocando la atención en las mejoras y construcciones, la situación jurídica de
- Manifestado lo anterior, se debe precisar que lo establecido en el art
- Por lo analizado, se establece que el argumento recursivo no es suficiente para revertir la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
