Auto Supremo AS/0203/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0203/2019

Fecha: 06-Mar-2019

El art

El art. 1453 del Código Civil señala: “I. El propietario que ha perdido la posesión de una cosa puede reivindicarla de quien la posee o la detenta”; precepto legal que implica que el desposeído puede recuperar la posesión de la cosa, mediante la restitución de quien la posee; es decir, la reivindicación tiene por objeto recuperar un bien, sobre el que se tiene derecho de propiedad, que está en manos de terceros sin el consentimiento del titular, definiéndose como un mecanismo de defensa de la propiedad. En ese contexto, el propietario de un inmueble puede recurrir ante el órgano jurisdiccional a buscar tutela cuando se encuentra desposeído de su propiedad, lo que generará sentencia de condena contra aquel poseedor indebido o contra el detentador para que se restituya la cosa a manos de su titular