Al respecto y de la revisión al proceso se puede establecer que en el contenido
Al respecto y de la revisión al proceso se puede establecer que en el contenido de la literal a fs. 5 correspondiente a la sentencia en el proceso de divorcio, se estableció que “…Los bienes gananciales quedan en beneficio de los hijos, conforme al acuerdo suscrito entre partes a fs. 18”. En relación a ello se tiene que en el caso de autos la resolución de alzada decidió confirmar la sentencia modificando el texto del primer párrafo de la sentencia, respetando la voluntad ya expresada en un proceso anterior donde ambos cónyuges definieron los bienes gananciales a favor de sus hijos Marcia, Rocio Nadia y José Luis, estableciendo el registro propietario en favor de los tres
- Proceso: Determinación judicial de bien ganancial
- CONSIDERANDO I
- 1
- Bajo ese fundamento, el Auto de Vista se alejó de lo resuelto por la A
- 2
- Por ello manifestó que en este proceso en observancia del art
- Concluyó solicitando casar el Auto de Vista recurrido, declarando probada en todas sus partes la
- De la respuesta al recurso de casación
- No existe respuesta
- CONSIDERANDO III
- Sobre el tema podemos citar el Auto Supremo Nº 658/2014 de fecha 06 de noviembre,
- III.2. De la valoración de la prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
- CONSIDERANDO IV
- Al respecto corresponde revisar el recurso de apelación interpuesto por el demandado cursante de fs
- Asimismo, cursa en el proceso a fs
- Así la sentencia cursante a fs
- En esa relación de hechos, no se observa que el Auto de Vista haya otorgado
- Al respecto y de la revisión al proceso se puede establecer que en el contenido
- Con base a ello la recurrente no puede actuar negando su voluntad declarada en otro
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Magistrado Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
