Todo trabajo en esencia, más allá del grado de preparación técnica requerido para cada profesión
Todo trabajo en esencia, más allá del grado de preparación técnica requerido para cada profesión u oficio, constituye una prestación a favor de otro, existiendo siempre la realización de un acto, la prestación de un servicio o bien la ejecución de una obra; en tal marco, con el objeto de determinar los derechos y obligaciones emergentes del trabajo asalariado, es menester considerar lo establecido el DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, que anuncia las características esenciales de la relación laboral, consistentes en: a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador; b) La prestación del trabajo por cuenta ajena; y, c) La precepción de remuneración o salario en cualquiera de sus formas de manifestación. Sobre este particular, en similar entendimiento el art. 2 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, establece que en las relaciones laborales donde concurran las características esenciales, citadas precedentemente, se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la LGT
- La demanda laboral de pago de beneficios sociales y sueldos devengados incoada por Katherine Becerra
- El recurso de apelación interpuesto por los demandados, el 21 de noviembre de 2016 (fs
- El Auto de Vista motivó que, Eliana Mabel Camacho Marín y Rolando Camacho Lizárraga, formulen
- Sostiene que, en la apreciación de las pruebas, el Tribunal de apelación incurrió en error
- Señala existencia de error de derecho en la apreciación de los comprobantes de egreso de
- En cuanto al sueldo promedio, sostiene la existencia de error de hecho, basado en que,
- También alega error de hecho en la valoración de la prueba, al no observar la
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- Todo trabajo en esencia, más allá del grado de preparación técnica requerido para cada profesión
- La subordinación y dependencia, componen el elemento principal para la identificación de la existencia del
- En este elemento, el poder jurídico al que refiere el párrafo procedente implica la facultad
- Ciertamente, la subordinación puede ser explicada, a partir de la percepción de una dependencia que
- Lo anterior conlleva una descripción del significado clásico de la subordinación o dependencia donde se
- Otro elemento de la relación de trabajo, es la contraprestación por el trabajo desarrollado, es
- El art
- Por su parte el art
- Por otra parte, el art
- Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio
- Con referencia al principio de primacía de la realidad, entendido como, la valoración preferente de
- Nuestro ordenamiento jurídico, concretamente el art
- Del examen del recurso de casación, el Auto de Vista recurrido y de los antecedentes
- Con carácter previo debemos dejar establecido que por el presente proceso laboral, se demanda a
- Resolviendo ambos puntos del recurso; es decir, la existencia o no de la relación laboral
- Con referencia al supuesto error de hecho, en la valoración de la prueba, que implica
- En atención a lo señalado, de la lectura de la Sentencia y del Auto de
- Con referencia al error de hecho en cuanto a la apreciación de la prueba, referida
- En cuanto al supuesto error de derecho, por inobservancia de lo dispuesto por el art
- 2. Con la prueba se pretende desvirtuar un documento
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- En el caso que nos ocupa, se observa que la parte demandada no demostró que
- Por lo analizado, no siendo evidentes los argumentos del recurrente, corresponde a este Tribunal aplicar
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
