Auto Supremo AS/0206/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2019

Fecha: 22-Abr-2019

Otro elemento de la relación de trabajo, es la contraprestación por el trabajo desarrollado, es

Otro elemento de la relación de trabajo, es la contraprestación por el trabajo desarrollado, es decir, el pago de un salario. En términos generales, el Convenio sobre la protección del salario, C095 de 1949 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sostiene: “salario significa la remuneración o ganancia, sea cual fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijada por acuerdo o por la legislación nacional, y debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo, escrito o verbal, por el trabajo que este último haya efectuado o deba efectuar o por servicios que haya prestado o deba prestar”