Auto Supremo AS/0218/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2019-RA

Fecha: 11-Abr-2019

Sobre el motivo planteado invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 078/2013 de 20 de


Sobre el motivo planteado invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 078/2013 de 20 de marzo, 038/2007 de 18 de febrero, 26/2014 de 17 de febrero, 126/2014 de 19 de abril y 49/2014 de 20 de febrero, referidos a la fundamentación de la fijación de la pena y la valoración de la aplicación de los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP; y el aspecto contradictorio, radicaría en que en el Auto de Vista se utilizó una subjetivación de elementos sin la debida descripción, sin precisar en qué consiste el daño económico, cuál la gradación utilizada para su determinación y consideración de las atenuantes y agravantes, contraponiéndose a las líneas jurisprudenciales citadas; en consecuencia, se advierte que el recurrente en este motivo al momento de fundamentar su recurso cumplió con los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 417 del CPP, resultando admisible para su consideración en el fondo