El Auto Supremo 274/2012-RRC de 31 de octubre, fue pronunciado resolviendo denuncias de afectación al
III.1Doctrina legal aplicable en el precedente contradictorio invocado
El Auto Supremo 274/2012-RRC de 31 de octubre, fue pronunciado resolviendo denuncias de afectación al debido proceso y al derecho a la tutela judicial efectiva. En tal ocasión, el casacionista reprochó al Tribunal de alzada la aplicación del art. 408 del CPP, pues constituyó yerro el haber declarado la inadmisibilidad de un motivo de apelación restringida, “pese a que en el memorial de apelación y de subsanación, señaló con meridiana claridad la norma sustantiva violada…e identificó y desarrolló, la aplicación pretendida en cuanto a la correcta interpretación y aplicación de la norma inobservada, relacionándola debidamente con la Sentencia impugnada” (sic)
- Por memorial presentado el 20 de junio de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 21/2012 de 12 de noviembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Nelcy Vega Saldias interpuso recurso de apelación restringida
- El Auto de Vista 03/2018 de 14 de marzo, no hubiera sido pronunciado tendiendo presente
- Conforme reporta Acta de Audiencia, saliente de fs
- La Sentencia 21/2012 de 12 de noviembre, declaró la absolución de Yolanda Rivera Carvajal por
- Por diligencia a fs
- Por memorial de fs
- Los antecedentes del recurso de apelación restringida fueron remitidos ante el Tribunal Departamental de Justicia
- En calidad de precedente contradictorio fue invocado el Auto Supremo 274/2012-RRC de 31 de octubre
- El Auto Supremo 274/2012-RRC de 31 de octubre, fue pronunciado resolviendo denuncias de afectación al
- “Como uno de los elementos constitutivos del debido proceso, se encuentra el derecho a recurrir
- Asimismo, es indispensable que cada punto impugnado en la apelación restringida debe ser respondido por
- De inicio la Sala expresa que el presente recurso resulta abiertamente infundado
- En el primer caso, que es la verificación de situación de hecho similar, como se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
