Auto Supremo AS/0237/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2019-RA

Fecha: 22-Abr-2019

Asimismo, refiere que conforme al art

Asimismo, refiere que conforme al art. 329 del CPP, la base del juicio es la acusación, la base de la acusación no fue objetivamente determinada, pues no se habría especificado si la conducta antijurídica de la recurrente se encuentra dentro de lo establecido por la Ley; en ese sentido, afirma que el Tribunal habría valorado la única prueba producida por el Ministerio Público, consistente en la testifical de los policías que ejecutaron la orden de allanamiento, que en su criterio serían contradictorias en cuanto al lugar donde fue hallada la sustancia controlada, sin tener sustento en otra prueba que acredite la participación directa de la recurrente, vulnerando así su derecho a la presunción de inocencia, pues en ningún momento el Ministerio Público habría demostrado los requisitos previstos por el art. 51 de la Ley 1008