Auto Supremo AS/0302/2019-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2019-RI

Fecha: 01-Abr-2019

Señalan que para la procedencia del recurso de nulidad se debe fundamentar la concurrencia de

Manifiestan que la diligencia cursante a fs. 494 cumple con lo previsto por el art. 267 del Código Procesal Civil, habiéndose realizado la diligencia de forma correcta y conforme a ley.
Señalan que para la procedencia del recurso de nulidad se debe fundamentar la concurrencia de los presupuestos de legalidad, trascendencia, finalidad del acto y no convalidación que rigen las nulidades, presupuestos que en ningún momento han sido fundamentados por la recurrente y además al tenor de lo expuesto en la Resolución Nº 96/2019 no concurren en el caso concreto