Auto Supremo AS/0399/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2019

Fecha: 18-Abr-2019

En mérito a ello RESOLVIÓ la entrega de la maquinaria en el término razonable de

Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 229 a 232, interpuesto por Silvia Marina Cutipa Condemayta, contra el Auto de Vista N° 357/2018 de 29 de junio, cursante de fs. 222 a 223 vta., pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de cumplimiento de obligación más pago de daños y perjuicios seguido por Johvana Chalco Aguilar contra Silvia Marina Cutipa Condemayta, la respuesta al recurso de casación de fs. 234 a 240; Auto de Concesión de fs. 241; Auto Supremo de Admisión Nº 1157/2018-RA de 03 de diciembre, cursante de fs. 246 a 247 vta., y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Johvana Chalco Aguilar, planteó demanda por cumplimiento de obligación más pago de daños y perjuicios, emergente del arriendo de una excavadora cuyo canon de alquiler pactado fue de cincuenta dólares americanos $us. 50.-, la hora trabajada conforme el tiempo marcado en el horómetro de la misma, cursante de fs. 41 a 43, contra Silvia Marina Cutipa Condemayta; por su parte la demandada por memorial cursante de fs. 65 a 66 vta., contestó y formuló reconvención por pago de daños y perjuicios, desarrollándose el proceso hasta el pronunciamiento de la Sentencia Nº 116/2017 de 22 de marzo, cursante de fs. 133 a 136, por el Juez Público Civil y Comercial Segundo de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, que declaró PROBADA en parte la demanda planteada por Johvana Chalco Aguilar e IMPROBADA en cuanto a la reconvención por daños y perjuicios.
En mérito a ello RESOLVIÓ la entrega de la maquinaria en el término razonable de veinte días