Respecto a la cesión de la herencia Adriana Cecilia Palavecino Cáceres en su trabajo: ¨Alcances
Respecto a la cesión de la herencia Adriana Cecilia Palavecino Cáceres en su trabajo: ¨Alcances de la cesión de derechos hereditarios¨ citando a Domínguez Benavente y Domínguez Águila expresó: ¨(…) sostienen que: “Es posible que el heredero ceda, a cualquier título, la herencia, esto es, la universalidad, sin considerar bienes determinados. Es lo que se conoce como la ‘cesión del derecho de herencia’ y que puede resultar de una compraventa, de una permuta, de una donación o de cualquier otro título gratuito u oneroso que justifique la enajenación. Esa cesión hará pasar la universalidad hereditaria si al título le sigue la tradición, que se efectuará conforme a las normas generales de este modo de adquirir”
- Expediente: CB-59-18-S
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- III.1.2. La cesión de la herencia
- Respecto a la cesión de la herencia Adriana Cecilia Palavecino Cáceres en su trabajo: ¨Alcances
- 3
- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, Sala Civil, con
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
