Auto Supremo AS/0052/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2019-CA

Fecha: 03-May-2019

Para la comprensión que se efectuara en el caso tratado, es necesario entender que no

DOCTRINA APLICABLE AL CASO
Para la comprensión que se efectuara en el caso tratado, es necesario entender que no toda demanda planteada conlleva la admisión automática; sino por el contrario, se debe efectuar una revisión de los presupuestos procesales y formales necesarios de los que se debe investir toda demanda, debiendo en su caso efectuar un análisis de los impedimentos u óbices que pueda contener la demanda y que posteriormente deriven en una activación procedimental de mecanismos en el cual determinadas pretensiones sean improcedentes en su planteamiento; es decir, que la facultad del juzgador puede ir más allá del análisis de cumplimiento de los presupuestos establecidos en el art. 327 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), actuación que se efectúa considerando el planteamiento o pretensión realizado en la demanda, buscando sanear el proceso lo más pronto posible, efectuando de esta forma un control de la proponibilidad, estableciendo si la pretensión del actor es viable ante una eventual Sentencia