En caso de no subsanar en el plazo indicado, se tendrá por no presentada la
En caso de no subsanar en el plazo indicado, se tendrá por no presentada la demanda, en aplicación del art. 333 del CPC-1975
- Por Auto Supremo Nº 44 de 22 de abril de 2019, de fs
- En conocimiento de esta determinación, el Banco Central de Bolivia, presentó por memorial de fs
- En cuanto a la solicitud de aclaración y complementación presentada, se debe tener en cuenta,
- Sin embargo, en cumplimiento del art
- En ese entendido, se tiene que la Ley “Transitoria para la Tramitación de los Procesos
- El artículo 2 num 1) de Ley Nº 620, en cuanto a las atribuciones de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
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- En caso de no subsanar en el plazo indicado, se tendrá por no presentada la
- En previsión del art
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
