Auto Supremo AS/0062-1/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062-1/2019-CA

Fecha: 24-May-2019

En ese sentido, el art

En ese sentido, el art. 778 del Código de Procedimiento Civil, prescribe la procedencia del proceso contencioso administrativo exigiendo la existencia previa de oposición entre el interés público y el interés privado -del administrado-, y cuando el administrado creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo, reclamando expresamente el acto administrativo impugnado y agotando ante ese Poder todos los recursos de revisión, modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado