“Habrá lugar al recurso de casación contra las resoluciones siguientes
Asimismo, el art. 274 del código en referencia establece que: “… II. El tribunal negará directamente la concesión del recurso:
2. “Cuando la resolución impugnada no admita recurso de casación.”
Asimismo, el abrogado Código de Procedimiento Civil en su art. 255 prevenía lo siguiente en cuanto a las resoluciones contra las cuales procede el recurso de casación:
“Habrá lugar al recurso de casación contra las resoluciones siguientes:
…
3) Autos de vista referentes a autos interlocutorios que pusieren término al litigio”
2. “Cuando la resolución impugnada no admita recurso de casación.”
Asimismo, el abrogado Código de Procedimiento Civil en su art. 255 prevenía lo siguiente en cuanto a las resoluciones contra las cuales procede el recurso de casación:
“Habrá lugar al recurso de casación contra las resoluciones siguientes:
…
3) Autos de vista referentes a autos interlocutorios que pusieren término al litigio”
- I.1.1 Auto Interlocutorio
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Jueza Tercera de Partido de Trabajo y Seguridad
- El referido auto de vista, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- II.1 Que planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo siguiente
- El art
- A su vez el art
- Por otra parte, el art
- “Habrá lugar al recurso de casación contra las resoluciones siguientes
- Ingresando al análisis del caso concreto, la Ley N° 439, Código Procesal Civil, entró en
- Respecto a la excepción de incompetencia por falta de fuerza coactiva del documento y
- Ahora bien, si la finalidad primordial de las excepciones previas es atacar el procedimiento, no
- 1
- 2
- 3.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de casación cursante de fs. 261 a 263
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
