Respecto a la excepción de incompetencia por falta de fuerza coactiva del documento y
Respecto a la excepción de incompetencia por falta de fuerza coactiva del documento y la excepción de falta de personería legitima en el demandado, conforme orienta la doctrina y la jurisprudencia construida por este Tribunal Supremo, el planteamiento de las excepciones previas y dilatorias, fundadas por su objeto, naturaleza y efecto, como medio de defensa en lo formal, tiende a corregir errores (defecto legal en la demanda), a evitar un proceso inútil (litispendencia), a impedir un juicio nulo (incompetencia, falta de capacidad o impersonería), establecer la pérdida de del derecho de acción por el transcurso del tiempo debido a su inactividad (prescripción), de manera que su finalidad es prevenir y subsanar oportunamente vicios de procedimiento, pero nunca para retardar el proceso; de ahí que resultan de previo y especial pronunciamiento
- I.1.1 Auto Interlocutorio
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Jueza Tercera de Partido de Trabajo y Seguridad
- El referido auto de vista, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- II.1 Que planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo siguiente
- El art
- A su vez el art
- Por otra parte, el art
- “Habrá lugar al recurso de casación contra las resoluciones siguientes
- Ingresando al análisis del caso concreto, la Ley N° 439, Código Procesal Civil, entró en
- Respecto a la excepción de incompetencia por falta de fuerza coactiva del documento y
- Ahora bien, si la finalidad primordial de las excepciones previas es atacar el procedimiento, no
- 1
- 2
- 3.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de casación cursante de fs. 261 a 263
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
