Auto Supremo AS/0228/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0228/2019

Fecha: 10-May-2019

Consiguientemente, las omisiones señaladas, impiden a este Tribunal entrar al fondo para identificar y resolver

Consiguientemente, las omisiones señaladas, impiden a este Tribunal entrar al fondo para identificar y resolver la infracción denunciada, en razón a que no se ha cumplido los presupuestos exigidos por el art. 274 parágrafo I núm. 3 del CPC-2013, por parte del recurrente; es decir, expresar: “… con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente”, (Resaltado y subrayado añadidos)