En conocimiento del señalado Auto de Vista, Lorgio Chávez Ríos, formuló recurso de casación, de
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
En conocimiento del señalado Auto de Vista, Lorgio Chávez Ríos, formuló recurso de casación, de fs. 192 a 197, señalando lo siguiente:
En la Forma
1.El Auto de Vista Nº 261 de 30 de noviembre de 2017 carece de fundamentación y desconoce lo dispuesto por el art. 265 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), y no existiría congruencia, ya que la apelación argumenta el reconocimiento por parte de la administración tributaria de la existencia de dos fiscalizaciones por el mismo periodo y habrían señalado que el original de la Resolución Determinativa (RD) Nº 374/2007 se encontraba en el mismo despacho del Juez, no habiéndose pronunciado sobre las pruebas señaladas en el memorial de apelación, se pronuncia sobre la Resolución Determinativa sin pronunciarse sobre la doble fiscalización existente
En conocimiento del señalado Auto de Vista, Lorgio Chávez Ríos, formuló recurso de casación, de fs. 192 a 197, señalando lo siguiente:
En la Forma
1.El Auto de Vista Nº 261 de 30 de noviembre de 2017 carece de fundamentación y desconoce lo dispuesto por el art. 265 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), y no existiría congruencia, ya que la apelación argumenta el reconocimiento por parte de la administración tributaria de la existencia de dos fiscalizaciones por el mismo periodo y habrían señalado que el original de la Resolución Determinativa (RD) Nº 374/2007 se encontraba en el mismo despacho del Juez, no habiéndose pronunciado sobre las pruebas señaladas en el memorial de apelación, se pronuncia sobre la Resolución Determinativa sin pronunciarse sobre la doble fiscalización existente
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Presentado el proceso contencioso tributario por Lorgio Chávez Ríos, contra la Gerencia Distrital Santa Cruz
- Resolución de Vista
- En conocimiento de la Sentencia señalada, Lorgio Chávez Ríos, interpuso recurso de apelación, de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, Lorgio Chávez Ríos, formuló recurso de casación, de
- 2
- 1
- Expone que, obtiene un crédito fiscal por las compras que realiza a ENTEL S
- Señala que en el caso, el Auto de Vista Nº 261 de 30 de noviembre
- Petitorio
- Continuando con la exposición, la Sentencia Constitucional citada establece
- Conforme a lo referido en las SSCC, la fundamentación y motivación de las resoluciones como
- En atención a los argumentos expuestos en el recurso de casación, en primer lugar se
- Para ello, desglosando el memorial de recurso de apelación de a fs
- Con relación a este punto el Auto de Vista recurrido en casación establece
- Al respecto el Auto de Vista 261 refiere
- En ese contexto, en el caso, de la revisión del recurso de apelación en relación
- Al respecto de lo expuesto debe considerarse que el art
- Por lo que se concluye que el Auto de Vista N° 261/2013 contiene vicios que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- No siendo excusable la omisión advertida, se sanciona a los vocales suscriptores con la suma
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
