Conforme lo señalado precedentemente, dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para
Conforme lo señalado precedentemente, dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para el trabajador, debiendo ser materializada en las determinaciones asumidas a momento de resolver conflictos laborales, estableciéndose la medida que sea más favorable al trabajador, cuando se efectué la valoración de la prueba por parte del administrador de justicia; y también está, el “In Dubio Pro Operario”, referido a que en caso de existir duda sobre la interpretación de una norma, se debe preferir aquella interpretación más favorable al trabajador
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Jorge Ronald
- En conocimiento de la Sentencia, el actor a través de su apoderada Viviana Vaca Pardo,
- Auto de Vista
- La Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, SOBOCE S
- Si bien, el art
- Petitorio
- Solicita se case el Auto de Vista recurrido, revocando el mismo, de conformidad a derecho
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- Conforme lo señalado precedentemente, dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para
- En ese entendido, no se evidencia una errónea aplicación del art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- No se regula honorario profesional, por no haberse respondió el recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
