Auto Supremo AS/0332/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2019-RRC

Fecha: 08-May-2019

El elemento y condición objetiva para la comisión del delito de Difamación es la publicidad,


El elemento y condición objetiva para la comisión del delito de Difamación es la publicidad, es decir que el comentario, la afirmación o manifestación que atente la reputación de una persona debe ser conocida por un colectivo de personas, dos o más personas y que conste en un documento, archivo o filmación pública para que se pueda constituir como delito. En la presente causa, no se ha demostrado que el comentario del querellado haya sido de manera pública ante una radio y un periódico de manera reiterativa en ninguna parte, al margen de ello se tiene que “la única prueba introducida a juicio se haya señalado el nombre del querellante” (sic)