II.2. De la apelación restringida del imputado
El 8 de Marzo de 2012, aproximadamente a Hrs. 17:00, la madre de la víctima, Gregoria Rosario Vargas Tarqui retorna a su hogar a recoger su patente y autorización de venta, oportunidad en que el imputado, es sorprendido, en estado de ebriedad, jalándola de la mano a su hija –víctima-, forzándola en dirección a su cuarto, pero la menor se sujetaba del auto guindo plantado en el patio, la querellante tomó un palo, para golpearlo, logrando que soltara a la menor, el imputado también intentó agredirle, luego se retiró, inmediatamente habla a solas con la niña, quien le confiesa que desde diciembre de 2011, tenía relaciones sexuales con Maycon Max Coaquira Chalco, quien le prometió casarse cuando fuera mayor de edad. El 29 de Junio de 2012 a Hrs. 20:00, Maycon Max Coaquira Chalco en estado de ebriedad nuevamente la busca, golpea la puerta de su domicilio, la lleva a jalones a su cuarto, donde se encontraban otros tres muchachos, le hicieron consumir bebidas alcohólicas a la fuerza, logrando que se mareara y se durmiera, para proceder nuevamente a abusarla, al día siguiente la niña despertó con el pantalón roto y su ropa interior abajo, antes de éste hecho la menor se encontraba retenida en el cuarto de su agresor por cuatro días, el imputado le decía que sé iban a escapar juntos, sin embargo la menor decidió escapar sola, pues temía que su madre la golpeara por lo ocurrido, ante su desaparición, la progenitora el 4 de Julio de 2012, acude a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia para denunciar la desaparición, posteriormente el 17 de Julio de 2012 es encontrada por su madre y es llevada a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. El 3 de agosto de 2012, C. D. C. V., se encuentra en estado de gestación de alto riesgo, con data aproximada de 6 semanas, 5 días, embarazo que fue interrumpido a solicitud de la progenitora y requerimiento Fiscal, con conocimiento del Juez de Instrucción, interrupción practicada por la Clínica CIES El Alto, bajo el diagnóstico de amenaza de aborto. Desde el 29 de junio de 2012, la última vez de agresión sexual efectuada por Maycon Max Coaquira Chalco y otros tres jóvenes desconocidos, hasta el 3 de agosto de 2012, fecha en que se practicó la ecografía transcurrieron de 5 a 6 semanas, dato que coincide con la fecha de gestación del saco embrionario, con un margen de error minúsculo.
II.2. De la apelación restringida del imputado
- Por memorial presentado el 11 de octubre del 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 05/2016 de 30 de marzo (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Maycon Max Cuaquira Challco formuló recurso de apelación restringida
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 1064/2018-RA de 21 de diciembre,
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 05/2016 de 30 de marzo, el Tribunal Segundo de Sentencia de La Paz,
- Ante el silencio de la víctima, nuevamente, por las fiestas de San Juan en Junio
- II.2. De la apelación restringida del imputado
- Que presentó pruebas el 20 de julio del 2015, consistentes en testificales (declaraciones de Joseline
- Refiere que no se tomaron tres pruebas documentales indispensables, que fueron declaradas nulas, pues se
- Denuncia que las pruebas de cargo no fueron valoradas, no se tomó en cuenta correctamente
- II.3. Del Auto de Vista recurrido
- A través del Auto de Vista impugnado, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de
- El agraviado se limita a señalar que la sentencia apelada adolece de falta de fundamentación,
- La parte apelante no debe argumentar de forma genérica que la prueba testifical o literal
- El recurso de casación formulado por Maycon Max Cuaquira Challco, fue admitido vía flexibilización, ante
- III
- Con la finalidad de resolver la problemática planteada en el recurso de casación sujeto a
- Asimismo, en relación a las leyes de la psicología el Tribunal o Juez tiene el
- En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
- Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
- Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- De lo señalado precedentemente, es posible concluir que el Tribunal de alzada tiene la obligación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Precisado el recurso casacional, corresponde indefectiblemente la revisión de los antecedentes, al efecto, el imputado
- En relación a aquello, el Auto de Vista impugnado resolvió el recurso de apelación restringida
- Por consiguiente, por los argumentos de hecho y de derecho expresados en el presente caso,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
