Auto Supremo AS/0498/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0498/2019

Fecha: 17-May-2019

El contenido y extensión del usufructo en el art

El contenido y extensión del usufructo en el art. 221 del Código Civil boliviano establece: “I. El usufructuario tiene el derecho de uso y goce de la cosa, pero debe respetar el destino económico de ella. (Arts. 82, 127, 227, 231, 235, 302, 702 del Código Civil) II. El derecho del usufructuario se extiende a las pertenencias y accesiones de la cosa. III. El usufructuario debe gozar de su derecho como buen padre de familia”