a) Violación del art
c) Que al confirmar la sentencia el Tribunal de alzada consiente la validez del documento de compra venta de 6 de octubre de 1995 en un 50% lo que ciertamente no se ha demandado, no existiendo congruencia entre la parte reconvenida y la sentencia, ya que el demandante demandó solamente el 50% de la venta, por lo que no era competencia del juzgador determinar algo que no se solicitó ya que el contrato tiene fuerza de ley entre partes según establece el art. 519 del Código Civil.
Fundamentos por los cuales solicita se case el Auto de Vista declarando probada la demanda.
4.2 Por su parte Nieves Bernabel Canaviri Vda. de Vargas, Robertha Verónica Vargas Bernabel y Ana María Vargas Bernabé en lo trascendental de su medio impugnatorio acusan:
a) Violación del art. 450 del Código Civil, puesto que está probado que Esteban Vargas Chileno, no suscribió el contrato de transferencia de lote de terreno, dado que ante el fallecimiento de este se falsificó la minuta de 6 de octubre de 1995 por lo que dicho documento no constituye un contrato y no se puede declarar su validez
Fundamentos por los cuales solicita se case el Auto de Vista declarando probada la demanda.
4.2 Por su parte Nieves Bernabel Canaviri Vda. de Vargas, Robertha Verónica Vargas Bernabel y Ana María Vargas Bernabé en lo trascendental de su medio impugnatorio acusan:
a) Violación del art. 450 del Código Civil, puesto que está probado que Esteban Vargas Chileno, no suscribió el contrato de transferencia de lote de terreno, dado que ante el fallecimiento de este se falsificó la minuta de 6 de octubre de 1995 por lo que dicho documento no constituye un contrato y no se puede declarar su validez
- Auto Supremo: 542/2019-RA
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 24/2019 de 31 de enero, cursante de fs
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- 4
- b) Que en el Auto de Vista no se consideró lo establecido por el art
- a) Violación del art
- b) Vulneración del art
- c) Violación de los arts
- De esta manera, solicitan se dicte resolución casando y/o anulando el Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
