Auto de Vista
La Juez Cuarta del Trabajo, Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 057/2017 de 13 de marzo, de fs. 40 a 45, declarando probada en parte la demanda de fs. 5 a 8 y subsanada a fs. 11; disponiendo que la corporación demandada, cancele a favor de la actora la suma de Bs.216.947,90.- (doscientos dieciséis mil novecientos cuarenta y siete 90/100 bolivianos), por concepto de beneficios y derechos laborales detallados en ese fallo; incluida en este monto, la multa del 30% prevista en el D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
Auto de Vista
Auto de Vista
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- Notificado con el Auto de Vista, el Cnl
- En cuanto a la multa del 30% que determina el D
- Petitorio
- Solicita se “revoque” el Auto de Vista recurrido, y se declara improbada la demanda en
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Correspondiendo en el recurso de casación, orientar sus argumentos a invalidar el Auto de Vista,
- En el caso, la empresa recurrente, reitera los argumentos esgrimidos en su apelación, que están
- Quien recurre de casación, debe citar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o
- Esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
