Quien recurre de casación, debe citar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o
Quien recurre de casación, debe citar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste la violación, falsedad o error, que considera cometió el Tribunal de alzada, conforme prevé el art. 274-I-3 del CPC-2013, aplicable por la disposición del art. 252 del CPT; no reiterar textualmente sus argumentos de apelación que están dirigidos a cuestionar fundamentos de la Sentencia, como ocurre en autos, sin indicar o relacionar la descripción de infracciones que efectúa con la determinación del Tribunal de alzada; debiendo entenderse, que el recurso de casación en la forma buscará como finalidad la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso sancionadas con nulidad por ley y que conlleven afectación del debido proceso, por errores de procedimiento o denominados in procedendo; y, el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo modificar el contenido de un auto definitivo, sentencia o auto de vista, al evidenciarse que los jueces o tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando; estos aspectos imperativamente deberán ser exteriorizados a través del recurso de casación en la forma o en el fondo, por la parte recurrente
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- Notificado con el Auto de Vista, el Cnl
- En cuanto a la multa del 30% que determina el D
- Petitorio
- Solicita se “revoque” el Auto de Vista recurrido, y se declara improbada la demanda en
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Correspondiendo en el recurso de casación, orientar sus argumentos a invalidar el Auto de Vista,
- En el caso, la empresa recurrente, reitera los argumentos esgrimidos en su apelación, que están
- Quien recurre de casación, debe citar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o
- Esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
