Auto Supremo AS/0283/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2019

Fecha: 03-Jun-2019

Esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique

En la “relación de los hechos” del recurso de casación formulado, que como se reiteró en varias oportunidades, es una transcripción fiel de su recurso de apelación, señalando inclusive: “La sentencia ahora motivo de apelación…” (textual),; y en el titulado “marco legal” se inicia los argumentos con: “Señora Juez, por todo lo expuesto manifestar a su autoridad,…” (textual), reiterando argumentos de la apelación que formuló contra la Sentencia; limitándose a referir, y añadir el texto de normativa relacionada a la organización administrativa de las Fuerzas Armadas, y la naturaleza de la COSSMIL, efectuando una copia fiel del recurso de apelación direccionado a cuestionar la Sentencia emitida en primera instancia; sin relacionar esta normativa con fudamento alguno que tienda demostrar una errónea aplicación, vulneración o violación de la normativa que se cita.
Esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique negación del derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y de otros derechos fundamentales, cuando estas conclusiones asumidas obedecen a la deficiencia de la parte que recurre a tiempo de formular el recurso de casación, omitiendo completamente la carga recursiva establecida por ley; al presentar como recurso de casación, una copia de su recurso de apelación