Con carácter previo, debemos dejar claramente establecido que, pese al deficiente recurso de casación, carente
IV. ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
Con carácter previo, debemos dejar claramente establecido que, pese al deficiente recurso de casación, carente de técnica recursiva, se procede a resolver el mismo en atención principalmente al principio de acceso a la justicia, constitucionalmente reconocido; en este sentido, corresponde establecer si la demandante como ex trabajadora de COSSMIL se encuentra bajo el amparo de la LGT; de ser así, determinar si tiene derecho al pago de beneficios sociales, por haberse acogido a la jubilación, y si la multa del 30%, sólo aplica ante un despido intempestivo y no cuando el trabajador accede a la jubilación; en mérito a ello, se tiene lo siguiente:
Pese al incumplimiento de los arts. 48.II del CPE, 3.h), 66 y 150 del CPT por parte del demandado, concretamente COSSMIL, quien, durante todo el proceso, no adjuntó ninguna prueba para desvirtuar las pretensiones de la demandante, encontrándose obligado a adjuntar prueba de descargo; es más, el demandado no contestó la demanda dentro de los cinco días establecidos en el art. 124 del adjetivo laboral, norma que también dispone que, la falta de contestación, constituye un grave indicio en contra del demandado
Con carácter previo, debemos dejar claramente establecido que, pese al deficiente recurso de casación, carente de técnica recursiva, se procede a resolver el mismo en atención principalmente al principio de acceso a la justicia, constitucionalmente reconocido; en este sentido, corresponde establecer si la demandante como ex trabajadora de COSSMIL se encuentra bajo el amparo de la LGT; de ser así, determinar si tiene derecho al pago de beneficios sociales, por haberse acogido a la jubilación, y si la multa del 30%, sólo aplica ante un despido intempestivo y no cuando el trabajador accede a la jubilación; en mérito a ello, se tiene lo siguiente:
Pese al incumplimiento de los arts. 48.II del CPE, 3.h), 66 y 150 del CPT por parte del demandado, concretamente COSSMIL, quien, durante todo el proceso, no adjuntó ninguna prueba para desvirtuar las pretensiones de la demandante, encontrándose obligado a adjuntar prueba de descargo; es más, el demandado no contestó la demanda dentro de los cinco días establecidos en el art. 124 del adjetivo laboral, norma que también dispone que, la falta de contestación, constituye un grave indicio en contra del demandado
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- La demanda laboral de pago de beneficios sociales, incoada por Ana María Castro Schmield contra
- Auto de Vista Nº 172/2018 de 21 de marzo
- Interpuesto el recurso de apelación por la institución demandada, el 19 de julio de 2017
- El representante legal de la institución recurrente no puntualiza si su recurso de casación es
- 2
- 3
- Señala que la Ley Nº 1405 de 30 de diciembre de 1992, Ley Orgánica de
- Adicionalmente señala que la Resolución Ministerial (RM) Nº 1369 de 30 de diciembre de 2004,
- Petitorio
- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia, revoque el Auto
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- La vinculación del Derecho procesal Laboral a los principios del Derecho Laboral sustantivo
- La estructura y diseño normativo dispuesto por la Constitución Política del Estado (CPE), brinda especial
- Por otra parte, el art
- Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio
- Esta afirmación se encuentra apoyada en la desigualdad originaria entre los trabajadores para con el
- Principio de Inversión de la prueba
- El fundamento de esta figura procesal en el ámbito del Derecho Adjetivo del Trabajo, se
- Sobre este particular, el Tribunal Constitucional, ante la pretensión de inconstitucionalidad de éste principio de
- En tal sentido, el Código Procesal del Trabajo, de modo reiterado estipula este principio, en
- Con carácter previo, debemos dejar claramente establecido que, pese al deficiente recurso de casación, carente
- Entonces, siendo evidente el incumplimiento del principio de inversión de la prueba, reconocido constitucionalmente, sería
- El art
- En cuanto a la pérdida de los beneficios sociales, donde se encuentra incluida la indemnización,
- Al respecto, tomando en cuenta que la indemnización es un Derecho y no una dádiva,
- A mayor explicación, partiendo del punto de vista que el salario directo, es el pago
- b) Por causa imputable al trabajador, sin derecho a su indemnización, en aplicación del art
- Por lo desarrollado líneas arriba, corresponde afirmar que, ante la ruptura laboral, sea por despido
- Por lo analizado, no siendo evidentes los argumentos del recurrente, corresponde a este Tribunal aplicar
- La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
