Que, por todas estas razones, está demostrado que la resolución impugnada no cumple con lo
Que, por todas estas razones, está demostrado que la resolución impugnada no cumple con lo establecido en el art. 164 par. II de la Constitución Política del Estado y arts. 3 y 81 de la Ley 2492, ante la inexistencia de vulneración al debido proceso
- En grado de apelación deducida por la demandada de fs
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada, a interponer el recurso de
- Que, además de ello, el art
- Que, por otra parte, acusa que si bien la ausencia de fundamentación conlleva a la
- Que, por todas estas razones, está demostrado que la resolución impugnada no cumple con lo
- 2. Incorrecta interpretación del principio de verdad material
- Que, en igual contexto, la resolución impugnada, al señalar: “entendiéndose que dicho nombramiento como agente
- Concluyó solicitando a la sala social pertinente del Tribunal Supremo de Justicia, CASE totalmente el
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de análisis, la esencia de la impugnación se circunscribe en dilucidar
- Que, asimismo, en los términos expuestos en el recurso de que tal obligación se hallaba
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas, corresponde resolver
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
