El representante legal de la Gerencia Distrital Chuquisaca del SIN, presenta el recurso de apelación
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 300
Sucre, 3 de junio de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente: 179/2015
Demandante: DIRECTORIO DEL PROYECTO DE DESARROLLO
COMUNITARIO “PRODECO”
Demandado: Gerencia Distrital Chuquisaca del Servicio de
Impuestos Nacionales
Proceso : Contencioso Tributario
Distrito: Chuquisaca
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación en la forma interpuesto por Grover Castelo Miranda, Gerente Distrital a.i. Chuquisaca del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), cursante de fs. 136 a 139, contra el Auto de Vista N° 202/2015 de 24 de abril, de fs. 132 a 133, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso contencioso tributario seguido por Zulema Torres Cervantes en representación legal del Proyecto de Desarrollo Comunitario “PRODECO”, contra la entidad recurrente; respuesta de fs. 142 a 144 vta.; Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 0007/2017-S1 de 2 de febrero de fs. 208 a 224, que anula el Auto Supremo (AS) Nº 616 de 8 de septiembre de 2015 de fs. 151 a 153; Desistimiento de acción y derecho presentado el 22 de noviembre de 2018 de fs. 182; escrito de fs. 266, que reitera el desistimiento presentado el 29 de abril de 2019; providencia de 2 de mayo de 2019 de fs. 247, que observa la falta de desistimiento al recurso de casación; Auto que admite el recurso de casación de fs. 240 y vta.; los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia Nº 001/2014 de 28 de noviembre
Presentada la demanda contenciosa tributaria por Zulema Torres Cervantes en representación legal de PRODECO contra la Gerencia Distrital Chuquisaca del SIN, el Juez de Partido de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 001/2014 de 28 de noviembre, cursante de fs. 110 a 112, que declara probada la demanda de fs. 12 a 15, sin costas y dispone: 1. Dejar sin efecto la Resolución Sancionatoria Nº 18-000081-14 de 8 de enero de 2014, por incumplimiento del deber formal de presentar el Libro de Compras-Ventas IVA, de los periodos fiscales abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2010, emitida contra PRODECO; y, 2. Anula obrados hasta la etapa administrativa en la que el SIN de Chuquisaca emita respuesta debidamente fundamentada a la consulta efectuada por PRODECO (fs. 2), conforme a las normas legales y tributarias.
Auto de Vista Nº 202/2015 de 24 de abril
El representante legal de la Gerencia Distrital Chuquisaca del SIN, presenta el recurso de apelación de fs. 116 a 117 vta. contra la Sentencia Nº 01/2014. Previa respuesta de PRODECO de fs. 122 a 124 vta., el Juez de la causa concede el recurso a fs. 124 vta. y la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronuncia el Auto de Vista Nº 202/2015 de 24 de abril, cursante de fs. 132 a 133, que anula obrados hasta el Auto de concesión del recurso de apelación de fs. 124 vta., y establece que habiéndose presentado extemporáneamente el recurso de alzada, declara ejecutoriada la Sentencia Nº 01/2014
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 300
Sucre, 3 de junio de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente: 179/2015
Demandante: DIRECTORIO DEL PROYECTO DE DESARROLLO
COMUNITARIO “PRODECO”
Demandado: Gerencia Distrital Chuquisaca del Servicio de
Impuestos Nacionales
Proceso : Contencioso Tributario
Distrito: Chuquisaca
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación en la forma interpuesto por Grover Castelo Miranda, Gerente Distrital a.i. Chuquisaca del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), cursante de fs. 136 a 139, contra el Auto de Vista N° 202/2015 de 24 de abril, de fs. 132 a 133, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso contencioso tributario seguido por Zulema Torres Cervantes en representación legal del Proyecto de Desarrollo Comunitario “PRODECO”, contra la entidad recurrente; respuesta de fs. 142 a 144 vta.; Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 0007/2017-S1 de 2 de febrero de fs. 208 a 224, que anula el Auto Supremo (AS) Nº 616 de 8 de septiembre de 2015 de fs. 151 a 153; Desistimiento de acción y derecho presentado el 22 de noviembre de 2018 de fs. 182; escrito de fs. 266, que reitera el desistimiento presentado el 29 de abril de 2019; providencia de 2 de mayo de 2019 de fs. 247, que observa la falta de desistimiento al recurso de casación; Auto que admite el recurso de casación de fs. 240 y vta.; los antecedentes del proceso; y,
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia Nº 001/2014 de 28 de noviembre
Presentada la demanda contenciosa tributaria por Zulema Torres Cervantes en representación legal de PRODECO contra la Gerencia Distrital Chuquisaca del SIN, el Juez de Partido de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 001/2014 de 28 de noviembre, cursante de fs. 110 a 112, que declara probada la demanda de fs. 12 a 15, sin costas y dispone: 1. Dejar sin efecto la Resolución Sancionatoria Nº 18-000081-14 de 8 de enero de 2014, por incumplimiento del deber formal de presentar el Libro de Compras-Ventas IVA, de los periodos fiscales abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2010, emitida contra PRODECO; y, 2. Anula obrados hasta la etapa administrativa en la que el SIN de Chuquisaca emita respuesta debidamente fundamentada a la consulta efectuada por PRODECO (fs. 2), conforme a las normas legales y tributarias.
Auto de Vista Nº 202/2015 de 24 de abril
El representante legal de la Gerencia Distrital Chuquisaca del SIN, presenta el recurso de apelación de fs. 116 a 117 vta. contra la Sentencia Nº 01/2014. Previa respuesta de PRODECO de fs. 122 a 124 vta., el Juez de la causa concede el recurso a fs. 124 vta. y la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronuncia el Auto de Vista Nº 202/2015 de 24 de abril, cursante de fs. 132 a 133, que anula obrados hasta el Auto de concesión del recurso de apelación de fs. 124 vta., y establece que habiéndose presentado extemporáneamente el recurso de alzada, declara ejecutoriada la Sentencia Nº 01/2014
- El representante legal de la Gerencia Distrital Chuquisaca del SIN, presenta el recurso de apelación
- Formulado el recurso de casación en la forma de fs
- Formulada la acción de amparo constitucional por Grover Castelo Miranda, representante legal de la Gerencia
- La representante legal de PRODECO, presenta escrito el 22 de noviembre de 2018, de fs
- El Gerente Distrital a
- De acuerdo con los antecedentes procesales detallados precedentemente, se realiza una interpretación desde y conforme
- El art
- El tratadista Juan Carlos Cassagne manifiesta: “…En el procedimiento administrativo, el órgano que lo dirige
- De conformidad con los arts
- A efectos del cumplimiento de las obligaciones tributarias, la Ley Nº 1105 de 28 de
- Vencida dicha fecha (30 de noviembre de 2018), la Ley Nº 1105 prevé que, hasta
- Dicha Ley, tiene por finalidad reducir la cartera en mora existente en el SIN por
- Con base en el análisis jurídico legal y jurisprudencial precedente, este Tribunal concluye que
- En ese contexto, en observancia del principio de verdad material desarrollado precedentemente y que obliga
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
