Auto Supremo AS/0307/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2019

Fecha: 14-Jun-2019

En definitiva, el recurso solo constituye un acto de disconformidad con la resolución de alzada,

En mérito a lo anterior, la deficiencia del recurso, no permite abrir la competencia de éste Tribunal para resolver la controversia principal, ya que en el caso que se tenga que disponer la admisión para resolver el fondo del litigio, no se le otorga la posibilidad de aplicar norma alguna que hubiese sido vulnerada al tratarse solamente de un control de legalidad efectuado por el Tribunal de Alzada en el cual se identificaron errores procedimentales.
En definitiva, el recurso solo constituye un acto de disconformidad con la resolución de alzada, que no identifica de manera clara normativas que hayan sido vulneradas con la disposición asumida o en su caso establecer de forma precisa el error de hecho cometido, que debe guardar relación con el tenor del Auto de Vista impugnado; por lo que se entiende que el recurso interpuesto no cumple ninguna técnica recursiva, resultando solamente una actuación dilatoria, olvidando que el recurso de casación en cualquiera de sus formas se equipara a una demanda nueva de puro derecho, cuya fundamentación legal debe ser totalmente clara, precisa, congruente y pertinente