Auto Supremo AS/0311/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2019

Fecha: 28-Jun-2019

Que, el auto de vista impugnado tampoco valoró la RA Nº 044 de 18 de

Que, el auto de vista impugnado tampoco valoró la RA Nº 044 de 18 de julio de 2001, por lo que, en aras de precautelar los intereses económicos del Estado Boliviano, en virtud de la previsión del art. 8 del DS 23215, concordante con el art. 42 inc. b) y 43 de la Ley 1178, el SENASIR tiene la obligación de efectuar la revisión a efectos de determinar el daño económico al Estado, protegiendo los recursos contra irregularidades, fraudes y errores, debiendo efectuar las correcciones debidas