Auto Supremo AS/0333/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0333/2019

Fecha: 14-Jun-2019

Se deja constancia, corroborando lo señalado por el recurrente, que la figura del preaviso ya

Se deja constancia, corroborando lo señalado por el recurrente, que la figura del preaviso ya no se encuentra vigente en nuestro ordenamiento jurídico, lo cual es evidente, ya que la SCP 009/2017 de 24 de marzo, declaró la inconstitucionalidad del art. 12 de la LGT, por ser contraria al principio de estabilidad laboral y permitía el despido injustificado o arbitrario a sola voluntad del empleador y sin que medie causales legales de retiro; sin embargo, corresponde dejar constancia que al ser el planteamiento de la acción de inconstitucional de carácter abstracto, su efecto es desde la declaración de inconstitucionalidad; es decir, desde el 24 de marzo de 2017, lo que implica, que al momento de la renuncia del trabajador, el art. 12 de la LGT, se encontraba vigente, por lo que no es evidente lo aseverado por el recurrente, consecuentemente, habiendo sido presentado el preaviso de renuncia, dos días antes de la ruptura laboral, es evidente el incumpliendo del plazo establecido en el referido artículo, de 30 días de anticipación, corresponde el pago de la multa dispuesta por el Tribunal ad quem, en el monto de un mes de remuneración